Representación Sindical Ilegítima y Precarización: Crece el Conflicto en los Puertos de Santa Cruz

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En un escenario de creciente tensión en los puertos de Santa Cruz, trabajadores portuarios independientes y agrupaciones sindicales locales denuncian maniobras irregulares en la representación gremial del sector. Las acusaciones apuntan contra la conducción de la Federación de Estibadores Portuarios Argentinos (FEPA), encabezada por Marcelo Osores, por designaciones arbitrarias, acuerdos laborales a la baja y prácticas contrarias a la legislación laboral vigente. La situación ha motivado la presentación de denuncias ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, en defensa de los derechos laborales, salariales y de seguridad de los estibadores.

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Denuncian maniobras irregulares en la representación sindical de trabajadores portuarios independientes en Santa Cruz

Santa Cruz, abril de 2025 — Trabajadores portuarios independientes y agrupaciones del sector denuncian ante el Ministerio de Trabajo de Nación, graves irregularidades en la representación sindical en los puertos de la provincia de Santa Cruz, señalando prácticas desleales que afectan sus derechos laborales, salariales y de seguridad.

Según trascendió, el 10 de octubre de 2024, Marcelo Osores, secretario general de la Federación de Estibadores Portuarios Argentinos (FEPA), obtuvo el aval del gobernador Claudio Vidal para avanzar en un proceso de “ordenamiento sindical” en los puertos provinciales. Sin embargo, representantes de los trabajadores sostienen que esta “normalización” fue utilizada para desplazar a sindicatos locales legítimamente constituidos y para imponer una representación irregular que perjudica seriamente a los trabajadores.

Designaciones irregulares y falta de elecciones

Uno de los principales cuestionamientos es la designación “a dedo” de delegados sindicales, sin cumplir los mecanismos legales de elección democrática establecidos en la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales. Por ejemplo, en los casos de los trabajadores portuarios jornaleros —contratados por períodos determinados para tareas específicas—, se designó a los Sres. Roberto Mercado (DNI 28.503.7–) y Francisco Alejandro Manrique (DNI 34.275.6–) como delegados, desconociendo el mandato vigente del delegado Ramón Santiago Videla (DNI 14.279.814), quien no fue removido mediante asamblea, tal como exige la normativa.

Esta práctica violaría los principios básicos de democracia sindical y representación legítima.

FEPA: Federación para gremios, no para trabajadores independientes

La denuncia también enfatiza que la FEPA, organización que dirige Osores, está constituida para agrupar sindicatos con personería gremial, no para representar directamente a trabajadores independientes. A pesar de ello, Osores actúa como supuesto representante de estibadores en localidades donde no existen gremios afiliados a su federación, como Caleta Olivia y Puerto San Julián.

Desde 2020, la FEPA habría impuesto delegados en esos puertos, firmando acuerdos laborales a la baja, con salarios muy por debajo de los convenios homologados aplicables, especialmente del SUPA Chubut, que fija valores salariales un 60% superiores a los de Santa Cruz. También se denunció que la FEPA intenta hacer retenciones sindicales ilegítimas, como la promesa de Marcelo Osores, de la Obra Social, carece de sustento legal en la actualidad si se refiere a trabajadores sin representación sindical formal. La Ley 23.551 lo impide, y la desregulación actual refuerza aún más la libertad del trabajador, debilitando la posibilidad de imponer afiliaciones o contratos colectivos sin base sindical legítima. Cualquier intento de operar una obra social por parte de la FEPA sobre trabajadores independientes y no sindicalizados sería, además de cuestionable legalmente, inviable en el marco regulatorio actual.

Cabe aclarar que en Puerto Deseado existe el SUEPP (Sindicato Unido Estibadores Portuarios Patagónicos), con personería gremial válida, mientras que en Chubut opera el SUPA (Sindicato Unidos Portuarios Argentinos). Ambos sindicatos cuentan con convenios colectivos vigentes y homologados. En lo que respecta que Osores no puede desconocer que existe una representación gremial como para atribuirse de representar trabajadores independientes, evadiendo y no siendo congruente con la ley que ampara a los trabajadores.

Osores, mediante un audio enviado el 23/04/2025, les mencionó a los trabajadores desde una reunión en Río Gallegos que, a partir de mañana, el valor del cajón será de ochocientos cincuenta pesos ($850). después que la paritaria viene estancada desde hace más de seis meses, cuando el valor estaba en $680. Actualmente, en los valores establecidos por el SUPA, el cajón tiene un precio de $1.091,34, diferenciando las tareas entre descarga por un lado y alistamiento por otro. En Caleta Olivia, el cajón paso a un valor de $850. Por otra parte, Osores no hizo ninguna mención al pago de los retroactivos que reclaman los compañeros, quienes esperan ese aumento desde hace más de seis meses, representando un monto muy importante para el bolsillo de los trabajadores que aún no se visibiliza. Ejem:

Violaciones a la Ley de Contrato de Trabajo y perjuicio directo a los trabajadores

Las prácticas atribuidas a Osores y su federación no solo vulneran la Ley de Asociaciones Sindicales, sino también diversas disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), particularmente:

  • Art. 7 (Principio de condición más favorable al trabajador)
  • Art. 12 (Nulidad de las convenciones en fraude a la ley laboral)
  • Art. 13 (Irrenunciabilidad de derechos laborales)
  • Art. 14 (Nulidad de cláusulas convencionales que disminuyen derechos)

Al imponer convenios o actas por debajo de los estándares homologados, se afecta directamente el salario y las condiciones de trabajo de los estibadores portuarios, quienes además denuncian que hace más de seis meses no reciben la ropa de trabajo obligatoria ni se realizan controles efectivos de las condiciones laborales en los puertos.

Marcelo Osores no puede evadir los convenios homologados para una misma actividad. En el caso de Caleta Olivia, que se encuentra a solo 75 km de Comodoro Rivadavia, operan en el puerto Caleta Paula empresas de descarga y pesqueras provenientes de Comodoro. Estas descargan tanto en Caleta Olivia como en su ciudad de origen, pero con una diferencia: en nuestro puerto se paga un 60% menos y se realiza todo el trabajo —descarga y arranche (alistamiento)— con una sola mano de obra, mientras que en el resto de la República Argentina estas tareas se abonan por separado.

Esta situación constituye una verdadera estafa contra los trabajadores, y es lo que Marcelo Osores pretende seguir sosteniendo, con la complicidad del gobierno de Santa Cruz.

Colusión entre sectores y falta de control estatal

Se señala también la presunta colusión entre la FEPA, sectores empresarios y el propio gobierno provincial, que estaría permitiendo la representación irregular de trabajadores independientes, en contra de los principios de libertad sindical garantizados constitucionalmente.

La ausencia de inspecciones laborales, el abandono de los controles en los puertos y la paralización de las paritarias desde hace más de seis meses configuran un escenario de grave desprotección para los trabajadores, ellos mismo aducen que desde el 2020 la FEPA nunca redacto una nota de inspección para las empresas existente, ni el control de la maquinaria de labor.

Reclamo por aplicación del convenio colectivo adecuado

Por todo ello, los trabajadores exigen la inmediata aplicación del convenio colectivo homologado del SUPA Chubut, dado que la actividad de descarga de buques fresqueros que se realiza en Caleta Olivia es idéntica a la del puerto chubutense más cercano, distante apenas 75 km. En cambio, Puerto Deseado, a más de 200 km, no desarrolla la misma actividad.

En caso de no existir un convenio específico para un trabajador o empresa, corresponde aplicar el convenio de la actividad más próxima y similar, conforme lo establece la normativa laboral vigente, no se está pidiendo aumento si no la paridad del mismo trabajo igual remuneración.


Conclusión: Los trabajadores afectados ejecutaron las acciones legales correspondientes ante el Ministerio de Trabajo de la Nación y denunciaron las violaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, a la Ley de Asociaciones Sindicales y a los convenios colectivos de la actividad, a fin de restablecer su legítima representación gremial, recuperar sus derechos laborales y exigir el cumplimiento de sus condiciones salariales y de seguridad laboral. De no tener efecto en las denuncias laborales acudirán a la Justicia Federal buscando el amparo de las leyes a través de lo judicial.

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