Fallo histórico: la Justicia de Chubut ordena reabrir el acceso a Playa Bahía Cracker y declara ilegal el cierre impulsado por el Gobierno.
La Justicia chubutense puso freno a un intento de privatizar el acceso a la costa. El Superior Tribunal confirmó que el cierre del único camino a Playa Bahía Cracker fue ilegal, arbitrario y un exceso de poder. Un fallo que protege el patrimonio público y expone la irresponsabilidad de la gestión provincial.

Candado ilegal: la Justicia expone el abuso de poder en Playa Bahía Cracker
El Superior Tribunal de Justicia confirmó que el Secretario de Pesca, Andrés Arbeletche, actuó en exceso de sus facultades al acordar con un privado el bloqueo del único camino a la playa. El acceso es un derecho colectivo protegido por ley.
En un fallo que marca un precedente clave para la defensa de los bienes públicos, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó por unanimidad la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Trelew que declaró nulo el acuerdo firmado entre la Secretaría de Pesca provincial y la Estancia Bahía Cracker SRL, por el cual se había cerrado con tranquera y candado el único acceso a la Playa Bahía Cracker, un bien de dominio público utilizado históricamente por pescadores, buzos, turistas y vecinos.
El origen del conflicto
En 2024, la Secretaría de Pesca, a cargo de Andrés Arbeletche, aprobó mediante la Disposición N° 186/24 un convenio con la estancia privada que impedía el ingreso libre desde la Ruta 5 a la costa. La medida fue cuestionada judicialmente por clubes de pesca y organizaciones de pescadores artesanales, que denunciaron que se trataba de una violación directa a la Ley XVII N° 8 y su Decreto Reglamentario N° 622/74, que garantizan la servidumbre legal administrativa de tránsito hacia playas, ríos y lagos de la provincia.

El fallo de Cámara
La jueza Florencia Cordón Ferrando determinó que:
- El camino es privado, pero la ley impone una servidumbre de paso obligatoria para permitir el acceso público.
- El convenio y la disposición firmada por la Secretaría de Pesca fueron ilegales y arbitrarios, porque desconocieron esa servidumbre.
- El cierre afectó derechos de incidencia colectiva, como la libre circulación, el acceso al medio ambiente y el desarrollo de actividades deportivas y turísticas.
- Ordenó la inmediata reapertura del camino y declaró la nulidad del acuerdo con alcance general y colectivo.
La confirmación del Superior Tribunal
La Estancia Bahía Cracker apeló, alegando defensa del ambiente, derecho de propiedad y falta de legitimación de los amparistas. El Procurador General recomendó rechazar la apelación por no rebatir los puntos centrales de la sentencia, y el Superior Tribunal coincidió plenamente:
- Ratificó que la servidumbre de tránsito está vigente y que no puede ser suprimida por un convenio administrativo.
- Sostuvo que el acceso a la playa, en este caso, es un derecho colectivo, amparado por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la Ley de Amparo.
- Consideró que el cierre del camino fue un exceso de facultades por parte de la Secretaría de Pesca y una vulneración a derechos reconocidos por ley.

Un revés político y un triunfo ciudadano
Este fallo no solo devuelve el acceso a un bien público a toda la comunidad, sino que también representa un duro golpe para la gestión del gobernador Ignacio Torres, expuesta por su propio funcionario a un “error no forzado” que terminó en condena judicial.
Para las organizaciones pesqueras y sociales, la sentencia reafirma un principio esencial: la costa es de todos y su acceso no puede cerrarse por intereses privados. En tiempos donde los recursos naturales y espacios públicos sufren presiones de privatización, la decisión del STJ de Chubut marca un límite claro a los abusos de poder y fortalece la defensa del patrimonio colectivo.
Comparte esta noticia: