¿Extorsión empresarial en la pesca? Conarpesa S.A amenaza con paralizar la flota.

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Si CAPeCA quiere reducir los salarios, debe negociar con los sindicatos y demostrar una crisis real con documentación respaldatoria, como balances auditados y certificaciones de caída del mercado.

Imagen Agomu 38

Pesca, salarios y poder: el intento de Conarpesa de imponer condiciones

Las declaraciones de Álvarez Castellano sobre la paralización de la flota y la exigencia de reducción salarial por parte de la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPeCA) plantean varias cuestiones legales que deben analizarse en el marco de la Ley Federal de Pesca (Ley 24.922), las leyes laborales vigentes, y el Acuerdo sobre Relaciones en Materia de Pesca Marítima entre Argentina y la Comunidad Económica Europea (Ley 24.315).

1. ¿Puede un empresario paralizar su flota unilateralmente?

No. La Ley Federal de Pesca establece que los permisos de pesca y las cuotas asignadas por el Consejo Federal Pesquero imponen obligaciones a las empresas para explotar los recursos pesqueros. Si una empresa decide no operar, el Estado podría intervenir para garantizar la explotación de los recursos en función del interés público. Además:

  • Ley 24.922 (art. 1 y 25): Los recursos pesqueros son bienes del Estado Nacional y su explotación debe realizarse en función del desarrollo sostenible y el empleo.
  • Obligación de continuidad: Si una empresa recibe una cuota de captura y no la utiliza, el Consejo Federal Pesquero tiene la facultad de redistribuir las cuotas o incluso revocar permisos de pesca.
  • Compromiso con la actividad pesquera: Según el Acuerdo con la CEE (Ley 24.315), las empresas extranjeras operando en Argentina deben cumplir con las normativas locales en cuanto a empleo, inversión y sostenibilidad.

Por lo tanto, si una empresa decide paralizar su flota sin justificación documentada y sin cumplir con sus compromisos, podría estar incumpliendo con la normativa pesquera y sus permisos podrían ser revisados o retirados.

2. ¿Puede una empresa exigir la rebaja del 30% de los salarios de los trabajadores?

No puede imponerlo de manera unilateral. Los salarios y condiciones laborales se regulan a través de convenciones colectivas de trabajo y acuerdos paritarios entre los sindicatos y las cámaras empresarias. Según la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), toda modificación de las condiciones laborales debe realizarse mediante negociación y no puede afectar derechos adquiridos.

  • Art. 9 de la Ley 20.744: Si existen dudas en la interpretación de una norma laboral, se debe aplicar la más favorable al trabajador.
  • Art. 66 de la Ley 20.744: Prohíbe modificaciones unilaterales que perjudiquen a los trabajadores.
  • Convenios Colectivos de Trabajo: Son acuerdos obligatorios que regulan las condiciones salariales y de trabajo. Cualquier modificación debe pasar por paritarias.

Si CAPeCA quiere reducir los salarios, debe negociar con los sindicatos y demostrar una crisis real con documentación respaldatoria, como balances auditados y certificaciones de caída del mercado.

3. ¿Puede una empresa argumentar que la tripulación se lleva el 60% de las ganancias sin presentar balances?

No. Para que ese argumento tenga validez en una negociación paritaria, la empresa debería presentar balances certificados que demuestren su estructura de costos y ganancias. Si no lo hace, los sindicatos pueden exigir esa información como parte de la negociación colectiva o incluso recurrir al Ministerio de Trabajo para que solicite una auditoría.

Además, según la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550, Art. 33 y siguientes), las empresas están obligadas a llevar registros contables que reflejen fielmente su situación económica. En el caso de que haya subsidios o beneficios impositivos otorgados por el Estado, la transparencia financiera es aún más necesaria.

4. Si la empresa no puede operar, ¿puede el Estado llamar a licitación para que otras empresas extranjeras exploten los recursos?

Sí, el Estado tiene esa facultad. La Ley Federal de Pesca (24.922) establece que los permisos de pesca no son propiedad de las empresas, sino autorizaciones estatales. Si una empresa no cumple con los requisitos de explotación y empleo, el Estado puede:

  • Revocar permisos de pesca (art. 26 y 27).
  • Asignar cuotas a otras empresas que puedan operar y garantizar el trabajo en tierra y en el mar.
  • Llamar a licitación a empresas nacionales o extranjeras que cumplan con los estándares laborales y ambientales.

Además, si el problema es la caída del mercado, el Estado podría gestionar acuerdos con otros países para diversificar los destinos de exportación o revisar las condiciones de financiamiento para la industria pesquera.

Conclusión

  • Un empresario no puede paralizar la flota sin consecuencias legales, ya que el permiso de pesca implica obligaciones laborales y operativas.
  • No puede imponer una reducción salarial sin pasar por negociaciones paritarias ni sin justificar con balances certificados la crisis de la empresa.
  • Si una empresa no puede cumplir con su actividad, el Estado puede reasignar permisos o licitar nuevas empresas que garanticen el trabajo de los pescadores y el procesamiento en tierra.

 A.G.O.M.U.: En defensa de los derechos de los trabajadores del mar y la pesca

Desde A.G.O.M.U., advertimos sobre el fuerte impacto laboral y económico que generan decisiones empresariales que buscan condicionar la actividad pesquera sin el debido análisis jurídico y sindical. La defensa de los derechos adquiridos de los trabajadores no puede quedar a merced de quienes priorizan sus beneficios sin rendir cuentas.

Lo que muchas veces se oculta es la falta de intervención del gobierno nacional y provincial ante estas maniobras, que no son nuevas ni aisladas. Es sabido que esta empresa ha estado históricamente vinculada con el poder político, en especial con el kirchnerismo, que en su momento financió la primera campaña de Néstor Kirchner. Desde entonces, la pesca argentina ha quedado en manos de grupos empresariales que, con total impunidad, deciden cuándo operar y cuándo paralizar la flota, sin importar las consecuencias para los trabajadores.

Es momento de que los marineros y los trabajadores de la pesca en tierra prestemos más atención a quienes nos representan y exijamos transparencia. No podemos seguir sometidos a decisiones que nos perjudican, ni permitir que empresarios extranjeros impongan cuánto debemos ganar y cuándo debemos trabajar. Si algunos políticos están dispuestos a ceder ante estos abusos a cambio de beneficios personales, eso no significa que los trabajadores tengamos que aceptarlo. La dignidad laboral no está en venta.

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