Crisis Pesquera Fabricada: el caso Conarpesa, Grupo San Isidro y los derechos de los trabajadores

0

¿Quién debe hacer el comunicado oficial sobre la crisis pesquera?
Si la crisis afecta a todas las empresas del sector pesquero, el Estado argentino debería emitir un comunicado oficial para reconocer la situación. El organismo competente depende del enfoque:
• Ministerio de Economía (por el impacto económico general).
• Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (para justificar medidas en paritarias).
• Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (para informar sobre el estado del sector pesquero).

Imag Milei

GRAVE DENUNCIA CONTRA CONARPESA Y GRUPO SAN ISIDRO: PRESIONES, AMENAZAS Y POSIBLES DELITOS EN LA CRISIS PESQUERA

Puerto Madryn, marzo de 2025 – En un comunicado dirigido a sus trabajadores, Grupo Conarpesa y Grupo San Isidro justificaron su postura ante la situación del sector pesquero Langostinero, argumentando que el aumento de los costos operativos y la competencia salarial con otras empresas les impiden sostener su estructura de sueldos.

En el documento, las empresas afirman que la crisis afecta directamente su rentabilidad, lo que haría “insostenible” el pago de salarios justos sin comprometer sus beneficios. Además, responsabilizan a los gremios por no aceptar una reducción en los costos laborales, lo que ha intensificado las tensiones en el sector.

El mensaje generó preocupación entre los trabajadores, quienes denuncian que la empresa desconoce el esfuerzo realizado en condiciones extremas, con jornadas laborales de más de 14 horas diarias sin una retribución acorde. También señalan una contradicción en el discurso empresarial: en épocas de bonanza, las ganancias no fueron distribuidas con los empleados se pagó lo estipulado por el convenio y el valor de la tonelada. que corresponde por categoría, pero ahora se les exige asumir sacrificios para preservar las utilidades de la compañía.

La negativa de la empresa a garantizar salarios adecuados, bajo el argumento de mantener su rentabilidad, abre la puerta a un posible conflicto gremial y legal, poniendo en debate el respeto a los derechos laborales y la equidad en la distribución de beneficios dentro de la industria pesquera.

Además, la empresa debe considerar que, en la flota congeladora, no solo se realiza la pesca, sino que también se agrega valor al producto a bordo, dejándolo listo para la exportación. Esto genera un impacto directo en la desocupación de las plantas pesqueras, ya que, cuando el langostino es desembarcado por los buques fresqueros, se invierte una fortuna en el proceso de producción, empleando a una mayor cantidad de personal de operarios dentro de las plantas pesqueras.

Sin embargo, en cada embarcación de la flota congeladora, la tripulación no supera los 30 tripulantes. A su vez, si se analiza la rentabilidad, un barco fresquero de altura, que transporta langostino en cajón fresco, obtiene mayores ganancias que un Langostinero congelador, a pesar de que estos últimos realizan viajes más cortos.

Según la Resolución N° 153 del CFP, el límite máximo de operación de los buques fresqueros es de 96 horas, contadas desde el inicio efectivo de las operaciones de pesca hasta su finalización. Este esquema permite realizar más viajes y, en consecuencia, hacer la actividad más rentable.

A esta situación se suma la reciente declaración del empresario español Álvarez Castellano, titular de Grupo Conarpesa, quien amenazó con paralizar la flota pesquera y exigió una reducción salarial del 30%. Este intento de presión sobre los trabajadores no solo profundiza la crisis, sino que también podría configurar diversos delitos contemplados en la legislación argentina. Cabe destacar que esta es la segunda vez que el empresario recurre a esta estrategia, generando incertidumbre y afectando directamente a los marineros.

Además, la empresa despidió a 80 trabajadores de la Flota Amarilla de Rawson pese a que la reciente temporada de langostino fue altamente exitosa, alcanzando un récord de 107 mil toneladas capturadas. Esto contradice el argumento de una crisis económica real, ya que las cámaras frigoríficas de la compañía estarían abarrotadas de langostino listo para su comercialización.

En este contexto, resulta inaceptable que se intente justificar un ajuste salarial cuando las propias cifras del sector reflejan rentabilidad y abundante stock para la exportación. La falta de transparencia sobre las verdaderas condiciones económicas de la empresa y la amenaza de paralización generan interrogantes sobre las verdaderas intenciones de Conarpesa y su responsabilidad en el sostenimiento del empleo en el sector pesquero argentino.

Lo que se debe cumplir frente a una paritaria.

Para que una empresa justifique en una negociación paritaria que no puede otorgar aumentos salariales debido a una crisis financiera generalizada en el sector pesquero, debe presentar documentación respaldatoria de su situación económica. En el marco de la administración laboral argentina, la empresa debería aportar:

  1. Estados contables auditados que reflejen pérdidas económicas.
  2. Balance de situación actualizado con indicadores financieros negativos.
  3. Certificaciones contables que acrediten una caída en la facturación.
  4. Informes sectoriales que evidencien la crisis en la pesca.
  5. Datos del INDEC o informes de cámaras empresarias sobre la caída de la actividad.

¿Quién debe hacer el comunicado oficial sobre la crisis pesquera?

Si la crisis afecta a todas las empresas del sector pesquero, el Estado argentino debería emitir un comunicado oficial para reconocer la situación. El organismo competente depende del enfoque:

  • Ministerio de Economía (por el impacto económico general).
  • Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (para justificar medidas en paritarias).
  • Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (para informar sobre el estado del sector pesquero).

Si hay empresas extranjeras involucradas, la Ley 21.382 de Inversiones Extranjeras y su reglamentación en el Decreto N° 1853/1993 establecen ciertos requisitos sobre inversiones y repatriación de capital, pero no afectan directamente la negociación paritaria.

Por otro lado, en el marco de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), los sindicatos pueden solicitar informes y auditar la información presentada por la empresa para verificar la veracidad de la crisis.

DELITOS E INCUMPLIMIENTOS

  1. EXTORSIÓN (Art. 168 del Código Penal)
    Intentar forzar una rebaja salarial bajo amenaza de paralizar la flota puede considerarse extorsión, ya que se utiliza la posición de poder para coaccionar a los trabajadores a aceptar condiciones perjudiciales.
  2. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS Y FRAUDE LABORAL (Ley 20.744 de Contrato de Trabajo)
  1. La modificación unilateral de salarios está prohibida y debe realizarse por negociación colectiva.
  2. No presentar balances que respalden la supuesta crisis económica puede constituir ocultamiento de información y fraude a la buena fe laboral.
  3. INCUMPLIMIENTO DE LA LEY FEDERAL DE PESCA (Ley 24.922)
  1. El permiso de pesca conlleva la obligación de explotar los recursos de manera sostenible y garantizar el empleo. Su incumplimiento podría derivar en la revocación del permiso y redistribución de cuotas.
  2. El Estado tiene la facultad de reasignar los permisos a empresas que cumplan con sus responsabilidades.
  3. VIOLACIÓN DE NORMATIVAS INTERNACIONALES (Ley 24.315, Acuerdo con la CEE)
    • Empresas extranjeras en Argentina deben cumplir con la legislación laboral y pesquera. No hacerlo podría derivar en sanciones comerciales y la pérdida de habilitaciones.

TRANSPARENCIA Y REVISIÓN DE LAS EXPORTACIONES

El Gobierno Nacional debe transparentar el valor real de las exportaciones, lo que permitiría conocer las verdaderas ganancias de cada empresa pesquera. De este modo, se podría determinar con exactitud si la crisis alegada por los empresarios es real o si se trata de una estrategia para reducir costos a costa de los trabajadores.

Además, desde la Asociación Gremial de Obreros Marítimos Unidos (A.G.O.M.U.) reiteramos que los marineros, aun sin estar representados por un gremio, tienen derecho a peticionar al Gobierno Nacional la documentación que respalde la supuesta crisis del sector pesquero. También es deber del Estado gestionar mercados internacionales que paguen un precio justo por los productos provenientes de nuestros recursos, evitando así que los empresarios argumenten pérdidas ficticias para justificar ajustes salariales.

CONSECUENCIAS LEGALES Y ACCIONES POSIBLES

  • El Estado puede intervenir para garantizar la continuidad de la actividad pesquera y proteger los derechos laborales de los trabajadores.
  • Se podría solicitar la revisión de las licencias de Conarpesa S.A. y su eventual caducidad si persiste el incumplimiento.
  • De configurarse delitos penales, Álvarez Castellano podría ser investigado, procesado e incluso deportado del país, conforme a la política de tolerancia cero hacia extranjeros que vulneran las leyes nacionales. Como afirmó el presidente Javier Milei: “Todo aquel extranjero que cometa delitos será deportado del país, sea el delito que fuere.”

LLAMADO A LA REFLEXIÓN Y AL CUMPLIMIENTO LEGAL

Exhortamos al empresario Álvarez Castellano a desistir de toda acción de presión ilegal contra los trabajadores y a ajustar su operación al marco normativo vigente. En caso contrario, se promoverán las denuncias correspondientes para que la justicia actúe en consecuencia.

Argentina no tolerará el abuso de su soberanía pesquera ni la vulneración de los derechos de los trabajadores del mar.

Comparte esta noticia:

Deja un comentario